El Certificado de Ciudadanía N-600 es un documento que reconoce la ciudadanía de una persona que cumple con ciertos criterios pero que aún no ha obtenido otra prueba formal de ciudadanía. Con la validación de tu ciudadanía a través de un certificado N-600, podrás obtener otras formas de identificación, como pasaporte, número de seguro social, o licencia de conducir.
El Certificado de Ciudadanía N-600 es no una solicitud o solicitud de ciudadanía. Es un medio para que un hijo biológico o adoptado de ciudadanos estadounidenses que nació fuera de los Estados Unidos tenga su derecho a la ciudadanía reconocido.
En Vianey K. Hurtado Law, queremos ayudarte en el proceso de solicitud para que tu información sea completa, precisa y enviada a las entidades correctas. Nuestro equipo cuenta con años de experiencia en derecho migratorio y en ayudar a los clientes a lograr sus metas de residencia legal o ciudadanía.
Las leyes de inmigración de los Estados Unidos permiten muchos métodos para obtener la ciudadanía, uno de los cuales es el Certificado de Ciudadanía N-600. Uno de los requisitos preliminares para un certificado N-600, que lo distingue del formulario N-600K relacionado, es que el solicitante debe vivir regularmente en los Estados Unidos.
Existen tres bases principales sobre las cuales una persona es elegible para recibir un certificado N-600. La primera base es haber nacido en el extranjero de al menos uno de los padres que sea ciudadano de los Estados Unidos en el momento de su nacimiento. Como solicitante, usted afirma que:
Si bien es posible obtener la ciudadanía a través de tu padre biológico, que no estaba casado con tu madre biológica en el momento de tu nacimiento, existen otros criterios que cumplir. Debe discutir los requisitos adicionales con su abogado para determinar si es una opción viable para usted.
La segunda base para que se reconozca su ciudadanía es a través de que al menos uno de los padres se convierta en ciudadano estadounidense cuando aún era menor de edad. Si está reclamando la ciudadanía estadounidense después del nacimiento, pero antes de cumplir los 18 años de edad, la ley vigente cuando se cumplió la última condición de calificación es la ley que se aplica a usted. Por lo general, debe cumplir con las siguientes condiciones:
La tercera base para reclamar su certificado de ciudadanía es a través de la adopción por un padre ciudadano estadounidense, ya sea nacido o naturalizado. Esta base es más compleja debido a la definición de niño adoptivo según la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Estos requerimientos adicionales incluyen:
Su abogado estará al día sobre los requisitos de elegibilidad y le informará de cualquier discrepancia en su información. La ley de inmigración cambia constantemente, y muchas formas dependen de las leyes vigentes al momento de su nacimiento o al momento de cumplir con los criterios de ciudadanía.
Después de elegir la base sobre la que está reclamando la ciudadanía, el siguiente paso será proporcionar información personal. Según la etapa en la que se encuentre en su proceso de inmigración o residencia, es posible que tenga algunos o ninguno de los siguientes:
No te preocupes si no tienes todas estas formas de identificación; tu solicitud no será rechazada solo por ese hecho.
El resto de la solicitud se referirá a su país de nacionalidad o ciudadanía previa además de la información personal y demográfica. Esta información mostrará si su residencia en los Estados Unidos estaba permitida, cuál era la relación de sus padres al momento de su nacimiento y dónde ha vivido su padre ciudadano estadounidense. Esto puede ser difícil de determinar, pero un abogado hará lo que pueda para ayudarle a presentar un formulario completo y preciso.
Desafortunadamente, USCIS sí requiere una tarifa por presentar el Formulario N-600, en la cantidad de $1,1385 si solicita por correo o $1,335 si aplica en línea. Por suerte, el Formulario N-600 se encuentra entre los formularios que pueden tener exenciones de cuotas para los solicitantes necesitados o de mérito. Se puede eximir de su cuota si:
Se puede otorgar una exención de cuotas a través del Formulario I-912 por circunstancias que incluyen vivir por debajo de las Pautas Federales de Pobreza, recibir beneficios comprobados en función de los recursos (como SNAP, Medicaid, etc.) o experimentar dificultades financieras recientes significativas.
Con tantos aros por los que saltar, un abogado de confianza a su lado puede ser su mejor activo. En Vianey K. Hurtado Law, estamos comprometidos con el éxito de nuestros clientes. Ya sea que necesite la ayuda de un abogado para su presentación del Formulario N-600 o necesite un representante en cualquier asunto de la corte de inmigración, esperamos que Vianey K. Hurtado sea su opción.
Nosotros ofrecemos evaluaciones detalladas de casos que le proporcionará información sobre los requisitos de N-600, qué pasos debe seguir y la oportunidad de hablar con la propia Vianey K. Hurtado sobre su caso. Nuestra oficina bilingüe da la bienvenida a clientes de habla inglesa y española.
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