Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA)

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Por: Vianey Hurtado
Immigration Lawyer
Licenciado en Arizona desde: 2014

Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) Abogado de Inmigración en Phoenix, AZ

Si usted es ciudadano estadounidense y tiene un hijo que nació en otro país, es posible que su hijo pueda solicitar un documento llamado Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA) para demostrar que su hijo es ciudadano estadounidense. Piense en ello como un certificado de nacimiento del gobierno de Estados Unidos para bebés nacidos fuera de los Estados Unidos. Es esencial que los padres entiendan los requisitos y pasos necesarios para prepararse para una presentación de CRBA. Estas aplicaciones tienen pautas estrictas y el incumplimiento de los requerimientos puede resultar en la denegación de la aplicación. Un abogado de inmigración con experiencia en el manejo de solicitudes CRBA puede proporcionar claridad y orientación a través del proceso de solicitud.

Si necesita solicitar un CRBA en Phoenix, AZ, comuníquese con el experimentado abogado de inmigración Vianey K. Hurtado. Cuando trabaje con la abogada Vianey K. Hurtado, ella le ayudará a asegurar que todos los formularios de solicitud se completen correctamente, guiándole hacia el logro de sus metas migratorias. Con resultados comprobados, Vianey Hurtado aporta experiencia profesional y una comprensión personal de la experiencia migratoria, siendo ella misma hija de un inmigrante. Vianey se ha convertido en el trabajo de su vida ayudar a reunir a las familias y abogar por sus clientes. Por favor, póngase en contacto con nosotros hoy mismo para programar una evaluación integral del caso. Nuestro bufete de abogados habla español y atiende las áreas de Phoenix y Yuma.

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Itzel L.

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Juan E.

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¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para un CRBA en Arizona?

Cuando un ciudadano estadounidense tiene un hijo nacido en el extranjero (fuera de Estados Unidos), puede solicitar la ciudadanía estadounidense de su hijo a través de un Informe Consular de Nacimiento en el Extranjero (CRBA), lo que le permite también solicitar un pasaporte estadounidense al mismo tiempo. Sin embargo, solo algunos niños nacidos en el extranjero de uno o ambos padres ciudadanos de los Estados Unidos son elegibles. Los requisitos de elegibilidad se basan en el año en que nació el niño. En general, estos son los requisitos de elegibilidad para obtener un CRBA:

  1. Edad del niño:
    • La solicitud de un CRBA debe hacerse antes de que el niño cumpla 18 años.
    • Después de los 18 años, el proceso de reclamar la ciudadanía estadounidense se vuelve más complicado y sigue reglas diferentes.
  1. Estado de ciudadanía parental:
    • Al menos uno de los padres debe ser ciudadano estadounidense cuando nazca el niño.
    • Si ambos padres son ciudadanos estadounidenses, generalmente es más sencillo. Por lo general, aún debe probar que al menos uno de los padres había residido en los Estados Unidos o en una de sus posesiones periférimas.
    • Si solo uno de los padres es ciudadano estadounidense, se necesitan requisitos adicionales, como que el padre ciudadano estadounidense cumpla ciertos requisitos físicos y de residencia en los Estados Unidos antes del nacimiento del niño de acuerdo con la disposición aplicable.
  1. Estado civil de los padres:
    • Los requisitos difieren en función de si los padres están casados (en el matrimonio).
    • Para los hijos nacidos de padres casados, por lo general es suficiente que uno de los padres sea ciudadano estadounidense. No obstante, tenga en cuenta que, por lo general, usted sólo acredita el requisito de residencia o presencia física conforme a la disposición aplicable antes de que naciera el niño.
    • Para los hijos nacidos de padres solteros, especialmente si el padre es ciudadano estadounidense, podría haber pasos legales adicionales como establecer la paternidad y un compromiso de apoyar al niño.
  1. Documentación Requerida:
    • Para aplicar, los padres deben proporcionar documentación como el certificado de nacimiento extranjero del niño, el certificado de matrimonio de los padres (si corresponde) y una prueba del tiempo del padre ciudadano estadounidense en los Estados Unidos.
    • También es necesaria documentación que demuestre la ciudadanía estadounidense de los padres, como un pasaporte estadounidense.
  1. Proceso de aplicación:
    • El proceso consiste en llenar el Formulario DS-2029 y enviarlo a la Embajada o Consulado de Estados Unidos más cercano en el país donde nació el niño.
    • También puede solicitar un pasaporte estadounidense al mismo tiempo que la solicitud CRBA, llenando el Formulario DS-11.
    • Una entrevista suele ser parte del proceso de solicitud.

Requisito de presencia física en los Estados Unidos para un CRBA

Los requisitos de presencia física para un padre ciudadano estadounidense varían según el estado civil y la ciudadanía del padre para un CRBA. Aquí hay una explicación detallada de estos requisitos:

  1. Niño nacido de dos ciudadanos estadounidenses en el matrimonio: Al menos uno de los padres debe haber residido en los Estados Unidos en algún momento. Esta regla es relativamente indulgente, ya que no se requiere una duración específica de tiempo.
  1. Niño nacido de un ciudadano estadounidense y un no estadounidense Ciudadano en Wedlock:
    • Después del 14 de noviembre de 1986: El padre ciudadano estadounidense debe haber vivido físicamente en los Estados Unidos durante al menos cinco años antes del nacimiento del niño. Cabe destacar que dos de estos cinco años deben haber sido después de que el padre cumpliera 14 años.
    • Entre el 24 de diciembre de 1952 y el 13 de noviembre de 1986: Las reglas son más exigentes para este periodo. El padre ciudadano estadounidense debe haber estado físicamente presente en los Estados Unidos durante diez años antes del nacimiento del niño, y al menos cinco de esos años ocurren después de los 14 años.
  1. Niño nacido antes del 12 de junio de 2017 de una madre ciudadana estadounidense fuera del matrimonio: La madre ciudadana estadounidense debe haber vivido continuamente en los Estados Unidos durante al menos un año antes del nacimiento del niño. Es importante señalar que el Caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos, Sesiones contra Morales-Santana, 137 S. Ct. 1678 (2017), cambió este requisito para los niños nacidos a partir del 12 de junio de 2017. Los niños nacidos a partir del 12 de junio de 2017, tienen que demostrar que su madre ciudadana estadounidense estuvo físicamente presente en Estados Unidos o sus territorios por un periodo de cinco años. Cabe destacar que dos de estos cinco años deben ser después de que la Madre cumpliera 14 años.
  1. Niño nacido de un padre ciudadano estadounidense fuera del matrimonio:
    • Para niños nacidos el 14 de noviembre de 1986 o después: El padre ciudadano estadounidense debe haber vivido en Estados Unidos por lo menos cinco años, de los cuales dos de esos años ocurren después de cumplir los 14 años.
    • Para niños nacidos entre el 24 de diciembre de 1952 y el 13 de noviembre de 1986: El requisito es de diez años de presencia física en Estados Unidos, cinco de los cuales deben ser después de que el padre cumpliera 14 años.
    • Establecimiento de relaciones biológicas: Si la embajada o consulado cuestiona la relación biológica entre el padre del ciudadano estadounidense y el niño, es posible que se requieran pruebas adicionales. Esto podría incluir documentación que demuestre la relación entre el padre y la madre. Si los documentos no son suficientes, es posible que se solicite una prueba de ADN. Las meras declaraciones juradas de los padres no son suficientes para establecer esta relación biológica.
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Comuníquese con un abogado de inmigración de CRBA en Phoenix, AZ

Comprender los requisitos y pasos para un CRBA es vital para asegurar la ciudadanía estadounidense para su hijo. El proceso de solicitud tiene pautas estrictas, y cualquier error podría llevar a que la solicitud sea denegada. Un abogado de inmigración con experiencia en aplicaciones CRBA puede ser útil en este proceso. Pueden ofrecer asesoramiento sobre elegibilidad, ayudar a organizar la documentación, ayudar a completar formularios y proporcionar representación durante las interacciones con las embajadas o consulados de los Estados Unidos. La orientación de un abogado puede aclarar el proceso y ayudar a garantizar que la solicitud de ciudadanía estadounidense de su hijo se procese con éxito.

Si necesita presentar una solicitud CRBA en Phoenix, AZ, comuníquese con la abogada de inmigración Vianey K. Hurtado. Ella ofrece orientación para completar correctamente los formularios CRBA de solicitud y ayudar a los clientes con sus actividades migratorias. Con una conexión personal con la inmigración como hija de un inmigrante, Vianey Hurtado se dedica a reunir familias y abogar por sus clientes. Comuníquese con nuestro bufete de abogados para una evaluación detallada del caso; ofrecemos servicios de habla hispana y atendemos las áreas de Phoenix y Yuma.

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